Akira
denuncia y derecho de petición puesto:
“Reciban un saludo cordial , por medio de esta carta quiero denunciar
y hacer algunas peticiones en relación con un lamentable accidente que
ha causado el doloroso padecimiento a mi mascota Akira una perra
criolla ( cruce golden y coli ) que adopte en abril de 2018 la cual el día
miércoles 15 de septiembre entre las 10: 50 am a 11:15 am
aproximadamente fue atropellada por el señor que se identificó como
Leonardo Barriga menor de edad en el vehículo de placas JET 109 un
Audi gris , en la esquina de la carrera 14 C con calle 10 en el barrio
parque de Rio Frio , en el hecho el carro en movimiento le desprendió
totalmente el rabo al animal implicando parte del ano, con gran
hemorragia pero con la pronta reacción de vecinos del sector quienes
ayudaron a llevarla a una clínica veterinaria cercana llamada Prana
se logró la atención del animal , la cual en la actualidad está en una
dolorosa recuperación con una herida expuesta a infecciones debido al
excremento en la zona afectada ; después de una cirugía de tres horas
en la clínica veterinaria Prana en Chía Cundinamarca , y de dos días de hospitalización la cuenta es de
$1'900.000 pesos , de los cuales el padre del joven que iba conduciendo
dijo que pagará la mitad dejando el día viernes un abono de 500.000
pesos , en medicamentos se han gastado 120.000 y diariamente cada vez que Akira defeca es necesario hacerle una limpieza y dolorosa
curación de la herida que causa que el animal gima de dolor.
Este horrible suceso se dio debido a que abrí la puerta de la casa para
sacar a la perrita a orinar y mi hija había abierto la puerta del garaje
al entrar su bicicleta , por lo que Akira salió corriendo atravesó la
calle 10 y aunque yo Salí a cogerla (no puedo caminar rápido ni correr
porque sufrí perdida de la visión por una trombosis ocular hace dos
años) cuando la alcance en el parque de la carrera 14 c con calle 10 se
devolvió corriendo y fue cuando quien iba conduciendo el vehículo la
atropelló causándole la perdida de esa extremidad del animal. Según el
padre del joven , iba a 25 km por hora pero por las lesiones del animal
se presume que es mayor la velocidad a la que se desplazaba , del
vehículo se bajaron algunos hombres a ver había pasado después de
que el carro había dado la vuelta en la calle 10 con carrera 14 e , y fue
una vecina del sector quien tomo los datos del conductor y tomó foto de
la placa.
Por todo lo anterior solicito de carácter urgente que:
Primero: si existen cámaras de seguridad entre la calle 10 y carrera 14
del sector del barrio de Rio frio se haga por parte de quien
corresponda (secretaria d e movilidad , transito, seguridad vial ,
policía) la revisión de los videos para determinar la velocidad a la que
se desplazaban el vehículo y de exceder el límite correspondiente
aplicar las sanciones correspondientes de ley.
Segundo: se instalen reductores de velocidad en la calle 10 con
carreras 14b y 14c porque desde que se habilitaron esta calle para el
flujo vehicular varios conductores exceden los límites de 20 km y varias
personas del sector , transeúntes, ciclistas , niños han estado a punto de
ser atropellados.
Tercero: Debido a que el conductor del vehículo es
menor de edad y presuntamente es funcionario o trabaja para la
alcaldía y quienes lo acompañaban portaban uniformes de una
empresa, solicitamos si es así , reciba llamado de atención en relación
con el hecho y en lo posible todos los funcionarios de la alcaldía
reciban capacitación sobre seguridad vial y prevención de accidentes.
Cuarto: Teniendo en cuenta que soy una persona de la tercera edad
con 78 años, hipertensión, baja visión , problemas de desprendimiento
de hombro y dependiente económicamente de mis hijos , solicito me
asesoren legalmente respecto a lo que debo hacer y de ser posible
asignen un auxilio económico para pagar la cuenta en la clinic a , si es
posible que algún veterinario venga a ver a akira para evaluar su estado y ayudarme con las curaciones seria de gran ayuda , asi mismo ,
de ser posible solicito que de requerir otra cirugía Akira por la falta de
control de esfínteres , esta sea hecha por la secretaria de salud de Chía
ya que no tengo recursos para ayudar a mi animal de compañía.
Agradezco su atención, gestión y pronta respuesta a estos
requerimientos.”
Respuesta :
Donde una vez, valorados los argumentos formulados ,
se hace conveniente, recalcar en los siguientes puntos;
En cuanto a las presuntas lesiones ocasionadas al canino, el articulo 339 A de la
Ley 1774 de 2016, las cataloga , como Delitos contra la vida, la integridad física y
emocional de los animales , de la siguiente manera; “El que por cualquier medio o
procedimiento maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico
vertebrado , causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad
física , incurrirá en pena de prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses e inhabilidad especial
de uno (1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión , oficio, comercio o tenencia que tenga
relación con los animales y multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales
vigentes.”
De la norma en cita, se desprende la responsabilidad penal que acarrean, las
personas que atentan contra la vida e integridad física de los animales y del caso
concreto del canino lesionado. Por esta razón, quien debe conocer de dicha
conducta y las evidencias remitidas, es la Fiscalía General de La Nación, para que
bajo el marco de sus competencias investigue la consumación o no de la presunta
conducta penal. Del mismo modo, en cuanto a la revisión o no de las cámaras de
seguridad, reitera esta Dirección, que dicha competencia es propia del ente
acusador, y frente a la comprobación de la velocidad con estos dispositivos, se
debe aclarar que dicha competencia es exclusiva de la autoridad de tránsito a
través de pruebas técnicas que en ningún caso se resumen en cámaras de
seguridad.
En cuanto a lo pretendido en el punto N°2, su solicitud, será remitida a la
Secretaria de Movilidad, según la justificación de su pretensión evalúen, la
necesidad de instalación de reductores de velocidad en la calle 10 con carreras
14B y 14C, en el marco de sus funciones de señalización y seguridad vial.
Frente al N°3, no se encuentra comprobado que dicho sujeto, posea un vínculo
laboral con la administración, sin embargo su solicitud de capacitación será
remitida a la Dirección de Función Pública.
n de Derechis ty Dirección de Derechos y
Resolución de Conflictos
Casa de Justicia de Chía
Calle 10 No.11-36
Centro Comercial La Libertad Piso 2
direccioncasadejusticia@chia.gov.co
Tel: 8844444 Ext: 3313
Y en relación al punto N°4, este será remitido por competencia a la Secretaria de
Salud, a fin de que dicha dependencia, resuelva su pretensión. Con lo antes
expuesto, se brinda respuesta oportuna, en los términos establecidos por la Ley
1755 de 2015.
Finalmente
El dia 23 de septiembre Akira fue llevada a la veterinaria en Chia Cundinamarca donde le habian hecho la cirugia ya que estaba supurando lquido del ano y los puntos se habian soltado, todo el dia estuvo allí y no le hicieron ningún procedimiento , el dia viernes 24 de septiembre un medico veterinario fue a verla y dijo que los procedimientos realizados no servirian de nada , que la perrita nunca recuperaria el control de esfinteres y que habia parte de la columna expuesta a infecciones, por lo que la dueña de Akira quien la habia adoptado tres años ños antes y quien estuvo curando las heridas y acompañando a su amiga junto con su familia accedieron a que se aplicara inyección, algunos familiares de la dueña d e Akira reunieron 1'000.000 de pesos para pagar en la veterinaria el saldo de la cuenta , el padre del menor que atropeyo a Akira no cancelo hasta la fecha el saldo de la cuenta, de un procedimiento que nunca se debio hacer sin la autorización de los dueños y que no se justifica por las afectaciones causadas en el animal.
Ahora de Akira quedan reuerdos hermosos y su sufrimiento termino , pero en la conciencia de quien la atropeyo , de los veterinarios que prolongaron una semana su sufrimiento y de quienes hacen las leyes de protección animal queda el Karma causado y a los demàs nos queda la enseñanza de no permitir que los animales sigan muriendo atropellados, sigan siendo usados con fines económicos y siendo vistos como objetos, ayudemos a educar a las personas para que valoren la vida de otros seres vivos , seamos solidarios , no nos lavemos las manos ante la crueldad contra los demás seres del planeta.
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